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Lesión medular: la ruta paso a paso

Qué hacer después de una lesión medular: quién paga según cómo ocurrió, rehabilitación, certificación, pensión, ayudas técnicas, adaptación de la casa, auto, trabajo y apoyos para quien cuida.

Todo viene de fuentes oficiales, revisadas en septiembre de 2026.

Lo primero: ¿cómo ocurrió?

De eso depende quién paga la atención, la rehabilitación y la pensión. Revísalo antes que todo.

En el trabajo o en el trayecto

Paga la mutualidad del empleador (ACHS, IST o Mutual) o el ISL. La atención es gratuita mientras existan secuelas: hospitalización, rehabilitación, prótesis, aparatos ortopédicos, reeducación profesional y traslados.

Avisa a la mutualidad lo antes posible.

SUSESO: qué cubre ↗

Accidente de tránsito

Paga primero el SOAP del vehículo. Para pólizas desde el 9 de febrero de 2026 cubre:

  • Hasta 600 UF en gastos médicos y de rehabilitación.
  • 600 UF por incapacidad permanente total.
  • Hasta 400 UF por incapacidad permanente parcial.

Las pólizas anteriores cubren la mitad.

Tienes 1 año para cobrarlo. Para la incapacidad permanente, el año corre desde el certificado médico.
CMF: cómo cobrar el SOAP ↗

Otra causa

Si fue una caída, otra causa traumática o una enfermedad, paga FONASA o tu isapre. Si hubo lesiones graves en más de un sistema del cuerpo, se activa la garantía GES de politraumatizado grave.

Ver FONASA o isapre ↓
Si el accidente fue de trayecto y con un vehículo, paga primero el SOAP y la mutualidad cubre lo que falte, sin copago para ti.

Revisa también en la CMF si tenías otros seguros, por ejemplo de accidentes personales o de desgravamen en créditos. Cómo revisarlo ↗

La ruta

  1. Asegura la rehabilitación

    • GES politraumatizado grave: si hay lesión medular, la rehabilitación está garantizada dentro de 24 horas desde que el médico la indica.
    • Instituto Nacional de Rehabilitación Pedro Aguirre Cerda (público, en Peñalolén): atiende a personas en FONASA de hasta 65 años. Se ingresa por derivación del hospital.
    • Si fue laboral: la mutualidad cubre toda la rehabilitación.

    INRPAC ↗ · Admisión: (2) 2575 4382

  2. Pide la pensión que corresponda, en paralelo

    • Si fue laboral (Ley 16.744):
      • Pérdida de capacidad de 15% a menos de 40%: una indemnización de hasta 15 sueldos base, en un pago o en cuotas.
      • De 40% a 70%: pensión del 35% del sueldo base.
      • Mayor a 70%: pensión del 70% del sueldo base.
      • Si necesitas ayuda de otra persona para lo básico: se suma un 30% por gran invalidez.

      Esta pensión no se suma a una pensión de invalidez de la AFP. Al llegar a la edad de jubilar pasas a la pensión de vejez, que no puede ser menor.

    • Si no fue laboral y cotizas en una AFP: pensión de invalidez de la AFP. Tienes derecho a un médico asesor gratuito.
    • Si no tienes derecho a ninguna pensión: Pensión Básica Solidaria de Invalidez, de $250.275 al mes, si estás en el 80% más vulnerable.

    No esperes la credencial: la pensión la evalúa una comisión médica.

    SUSESO: pensión por accidente laboral ↗ · Pensión AFP ↗ · PBSI ↗

  3. Certifica la discapacidad y obtén la credencial

    Es gratis en la COMPIN. La credencial la piden SENADIS, la franquicia para importar un auto, el subsidio de vivienda y los estacionamientos reservados.

    Cómo se pide ↗

  4. Consigue las ayudas técnicas

    • Según cómo ocurrió: la mutualidad o el SOAP.
    • Desde los 65 años: garantía GES para silla de ruedas, cojín y colchón antiescaras (20 a 30 días).
    • SENADIS: hasta 2 ayudas técnicas por persona, con la credencial. El listado 2026 incluye catre clínico (manual o eléctrico), colchón y cojín antiescaras, y sillas de ruedas eléctricas. La convocatoria 2026 cerró en abril; la próxima se espera para marzo de 2027.

    GES ayudas técnicas ↗ · SENADIS ↗

  5. Adapta la casa

    • Mejoramiento de vivienda (DS27), tipología para personas con discapacidad: hasta 300 UF para adecuar la casa. Requiere estar en el 60% más vulnerable del Registro Social de Hogares y postular con una entidad patrocinante.
    • Comprar una vivienda: con la credencial, los subsidios DS49 y DS1 (sectores medios) suman hasta 80 UF adicionales para obras de adaptación si hay movilidad reducida. En el DS49 se puede postular sin grupo familiar, y en el DS1 se suman 30 puntos por cada integrante con discapacidad.

    MINVU: mejoramiento ↗ · MINVU: DS49 ↗ · MINVU: 600 901 1111

  6. Registra a quien cuida

    Credencial de persona cuidadora en el Registro Social de Hogares. Si la dependencia es severa, pide al CESFAM que postule al estipendio. Detalle abajo ↓

  7. Vuelve a moverte y a trabajar

    Licencia para un auto adaptado, franquicia para importarlo, estacionamientos reservados, cuota laboral y apoyos de SENADIS. Detalle abajo ↓

Según tu previsión: FONASA o isapre

Aplica cuando la lesión no fue laboral ni de tránsito, o para lo que el SOAP no alcanza a cubrir.

Si estás en FONASA

  • GES politraumatizado grave: copago 0% en los tramos A, B, C y D.
  • Rehabilitación: Instituto Nacional de Rehabilitación Pedro Aguirre Cerda, hasta los 65 años.
  • Ayudas técnicas desde los 65 años: GES con copago 0%.

Si estás en una isapre

  • GES politraumatizado grave: copago del 20%, en los prestadores de la red GES de tu isapre.
  • Ayudas técnicas desde los 65 años: GES con copago del 20%.
  • La rehabilitación que no es GES depende de tu plan. Pide el detalle por correo.

GES politraumatizado grave ↗ · Si FONASA o tu isapre no cumple, reclama en la Superintendencia de Salud ↗.

Auto, transporte y trabajo

Auto

  • Licencia de conducir: se puede obtener para un vehículo adaptado, rindiendo el examen práctico en ese vehículo. Si te la rechazan, puedes pedir una reevaluación al Servicio Médico Legal.
  • Importar un auto adaptado: pagas el 50% del arancel y el IVA puede pagarse hasta en 36 cuotas. El auto tiene un valor máximo que se actualiza cada año; revísalo en Aduanas. Debe usarse al menos 3 años para el traslado de la persona con discapacidad. Las sillas de ruedas y los aparatos ortopédicos pagan 0% de arancel.
  • Estacionamientos reservados: con la credencial a la vista en el parabrisas.
  • Transporte público: la ley obliga a tener espacios accesibles, y los buses urbanos nuevos deben traer rampa o elevador y un espacio para silla de ruedas.

Franquicia aduanera ↗

Trabajo

  • Cuota laboral: las empresas y organismos públicos con 100 o más trabajadores deben tener al menos un 1% de personas con discapacidad. La Ley 21.690 lo subirá a 2%, y las empresas deben hacer ajustes en sus procesos de selección.
  • Tránsito a la Vida Independiente (SENADIS): apoyos para personas de 18 a 59 años con discapacidad y dependencia inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad.
  • Si fue laboral: la mutualidad cubre la reeducación profesional.

TVI ↗

La familia también necesita apoyo

Acompañar también cansa, y a veces se vive en soledad. Estos apoyos son para ti, que cuidas o acompañas.

En esta condición

  • Si el accidente fue laboral y la persona necesita ayuda de otra para lo básico, su pensión suma un 30% por gran invalidez.
  • La adaptación de la casa (hasta 300 UF) también facilita el trabajo de quien cuida.

Apoyos del Estado para quien cuida

  • Credencial de persona cuidadora: da atención preferente en salud, FONASA, ChileAtiende, BancoEstado y otros servicios. Se pide en el módulo de cuidados del Registro Social de Hogares y demora hasta 60 días. Cómo pedirla ↗
  • Atención preferente en salud para la persona cuidadora (Ley 21.380).
  • Chile Cuida: la puerta de entrada al sistema de apoyos y cuidados es tu municipalidad. Incluye, donde existe, la Red Local de Apoyos y Cuidados y apoyos de respiro.
  • Teletrabajo para quien cuida (Ley 21.645): si cuidas sin remuneración a una persona con discapacidad o dependencia moderada o severa, tu empleador debe ofrecerte teletrabajo total o parcial, si tus funciones lo permiten. Si cuidas a un menor de 18 años con discapacidad, también tienes preferencia para tomar tus vacaciones en las vacaciones escolares. No se aplica a funcionarios públicos, que tienen preferencia por otra ley. Ver dictámenes ↗ Ley 21.645 ↗
  • Estipendio: hasta $32.991 al mes si la persona tiene dependencia severa y está en el programa de atención domiciliaria del CESFAM. Lo postula el equipo del CESFAM.

A quién dirigirte

  • Tu municipalidad: la oficina de discapacidad o Chile Cuida.
  • Tu CESFAM: el estipendio y la atención domiciliaria.
  • Registro Social de Hogares: 800 104 777
  • Línea «Conectados al Cuidar», financiada por SENADIS y gratuita, para orientar a cuidadores: 800 000 058
  • Si te sientes sobrepasado o sobrepasada: Salud Responde 600 360 7777, las 24 horas. En crisis, *4141.
  • Instituto Nacional de Rehabilitación Pedro Aguirre Cerda: (2) 2575 4382

Organizaciones que acompañan

Instituto Nacional de Rehabilitación Pedro Aguirre Cerda

Rehabilitación pública para personas en FONASA de hasta 65 años. Peñalolén.(2) 2575 4382inrpac.cl ↗

Línea «Conectados al Cuidar» (financiada por SENADIS)

800 000 058Orientación gratuita para personas con discapacidad y cuidadores.

No encontramos una organización chilena de personas con lesión medular con información verificable. Si conoces una, escríbenos.

¿Vives con una lesión medular?

Esta ruta la armamos con información oficial. Queremos sumarle lo más valioso: la experiencia de una persona o una familia que lo vive. Qué descubrieron tarde, qué trámite les costó más y qué le dirían a quien recién empieza.

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